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5 Pasos para convertirte en autónomo

5 Pasos para convertirte en autónomo

La idea de ser autónomo resulta muy atractiva cuando sientes que necesitas algo más de lo que te ofrece tu trabajo. Si tienes una buena idea para un negocio, y eres lo suficientemente disciplinado, ser autónomo puede convertirse en todo un acierto para reconducir tu carrera profesional.

Pero pasar a ser autónomo también tiene sus riesgos. Si bien no necesitas un capital mínimo de inversión, sí que avalarás cualquier deuda con tus bienes.

Una vez tengas la decisión tomada, es turno para los trámites legales ¿por dónde empezar? ¿qué necesitas para que todo este en regla? Puede que te sientas abrumado y te surjan dudas sobre si lo estás haciendo bien. Siempre puedes recurrir a un profesional que te guíe y asesore, sin embargo, si crees que puedes hacerlo por tu cuenta, te contamos los pasos que debes seguir:

1. Lo primero es acudir a la Agencia Tributaria y darse de alta en el Censo de Empresarios. Allí cumplimentarás el modelo 036 o el 037 con tus datos personales, la actividad que vas a realizar, la ubicación del negocio y el régimen fiscal al que optas (los impuestos a pagar). Es importante conocer qué tipo de negocio vas a emprender para escoger entre un modelo u otro.

En resumen, si tienes claro que tu actividad únicamente se desarrollará en España y no estará sometido a ningún régimen ni impuesto especial con el 037 basta. El modelo 036 es más completo que el 037, cuenta con más opciones de negocio, contemplando operaciones en el extranjero por ejemplo.

Con estos dos modelos te darás de alta y también de baja. Además también se utilizan para notificar cualquier cambio en los datos identificativos a hacienda.

2. Una vez dado de alta en hacienda, tienes 30 días para acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Deberás presentar el modelo TA0521 junto con una fotocopia del DNI y fotocopia del alta en hacienda. Este trámite se puede realizar a través de su sede física, o electrónica si dispones de certificado digital.

Si la inscripción es como empresario, el modelo a rellenar es el TA.6 debiendo adjuntar el documento emitido por hacienda con el núm. de Identificación Fiscal  en el que consta la actividad económica de la empresa.

3. También en la TSSG procederás a la inscripción de la empresa para obtener el Código de Cuenta de Cotización. Este número sirve para la identificación y el control de las obligaciones del empresario.

4. Una vez inscrito, se debe de comunicar la apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo.

5. Si vas a necesitar un local para desempeñar nuestra actividad la última parada es el Ayuntamiento. Allí solicitarás la licencia de apertura en el departamento de urbanismo.

No todas las licencias cuestan lo mismo, el precio varia en función de tres factores:

  • Relevancia comercial de la calle
  • Tamaño del local
  • Tipo de la actividad

En este mismo departamento podrás solicitar también una licencia de obras para adecuar el local a tus necesidades.

Esperamos que el artículo haya sido de vuestro interés. Podéis dejar vuestras dudas en los comentarios. Este y más artículos en la web de www.abogadium.com.

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