Notificaciones del Ministerio de Trabajo
El Ministerio de Trabajo está enviando notificaciones a algunas empresas en referencia a contratos temporales excedidos.
Dichas comunicaciones se envían a través de un algoritmo que analiza la posibilidad de que haya contratos temporales excedidos en su duración máxima o la posibilidad de concatenación de contratos temporales que no cumplan la ley.
Pero dicho esto, es posible que el algoritmo esté detectando también algunos contratos válidos, como por ejemplo el de interinidad. Por tanto, aunque se reciba esta notificación no siempre es motivo de infracción. De esta forma, la no transición de los estos contratos en indefinidos, no supondrá una sanción automática si no que se iniciará una actuación por parte de la Administración para poder estudiar el caso en cuestión.
Así que si recibes una carta de este tipo deberás comprobar si los datos se ajustan a la realidad y si son constitutivos de infracción:
- Si se han superado las duraciones máximas de los contratos temporales o se ha producido una concatenación superior a la legalmente prevista, transforme dichos contratos en indefinidos para reducir las posibilidades de una actuación inspectora posterior.
- Si los contratos son correctos –los algoritmos a veces fallan–, no existe un trámite de alegaciones o impugnación contra la carta recibida. Además, como tampoco se ha iniciado una inspección, no haga nada: reserve sus argumentos para cuando se inicie la actuación inspectora. La falta de contestación no se podrá considerar un incumplimiento de un requerimiento previo que agrave la cuantía de la sanción.
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