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Baja por enfermedad común

Baja por enfermedad común

Cuando nos encontramos imposibilitados para ir al trabajo por cuestiones de salud, debemos seguir una serie de pautas. A continuación, os explicamos qué derechos y obligaciones hay para cada una de las partes (trabajador y empresa) en caso de enfermedad común.

1. Faltas esporádicas

Quedarse en casa no es una opción, tanto si abandonamos el lugar de trabajo como si el malestar se produce antes de acudir al mismo, debemos acudir al médico de cabecera para que nos facilite un justificante médico y presentarlo a la empresa. Si no podemos ir al médico de cabecera, deberemos de ir a urgencias.

Por lo general, la empresa descontará de la nómina del trabajador el equivalente al día de trabajo, aunque también podrán incluir la parte proporcional de las pagas extraordinarias, salvo que el convenio o un pacto interno dispongan que en ausencias de baja duración no se efectúe descuento alguno. Cuando la ausencia sea de duración superior a 3 días el trabajador tiene derecho a percibir una prestación por incapacidad temporal.

Es importante tener en cuenta que ausencias reiteradas en el tiempo pueden dar lugar a la extinción del contrato, este punto viene recogido en el artículo 52 d) del estatuto de los trabajadores el contrato podrá extinguirse “Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.”

2. Incapacidad temporal

La incapacidad temporal se produce cuando un trabajador no puede acudir a trabajar durante un largo periodo de tiempo debido a una enfermedad común, accidente no laboral o una enfermedad derivada del trabajo o accidente laboral. Este periodo de tiempo no podrá superar el año, a no ser que el INNS lo prorrogue durante 6 meses más porque se estime que en ese lapso de tiempo el trabajador pueda recuperarse.

En el caso de enfermedad común, el trabajador deberá acudir a su médico de la Seguridad Social, que al cuarto día de la baja le extenderá el “parte de confirmación”. Dichos partes se deberán recoger cada semana y entregar a la empresa. No es necesario que los lleve el mismo trabajador, puede ocuparse un amigo o familiar de hacerlos llegar a quien corresponda.

El trabajador deberá seguir las indicaciones médicas a fin de mejorar su estado de salud, no trabajar durante el periodo de la baja y asistir a los reconocimientos médicos de forma periódica, si no cumple con sus obligaciones podrá ser despedido por la empresa mediante un despido disciplinario.

Por su parte la empresa está obligada a seguir cotizando por el empleado a la Seguridad Social, practicarle las retenciones de IRPF correspondientes, sumando este periodo a su antigüedad en la empresa.

El empresario deberá también conservar el puesto de trabajo del trabajador en cuestión, y devolverle su empleo con las mismas características cuando regrese. Toda modificación sobre este punto deberá ser aprobada por el trabajador.

3. ¿Cuánto se cobra y quién se ocupa?

Cuando una baja se prolonga en el tiempo existen unos plazos donde se cobra más o menos porcentaje de sueldo.

    • Los 3 primeros días no se cobra nada.
    • Del 4º al 15º día se cobra un 60% de la base reguladora por incapacidad temporal, este coste lo asume la empresa.
    • del 16º al 20º día se sigue cobrando lo mismo, pero paga la Seguridad Social.
    • A partir del 21º día de baja, se cobrará el 75% de la base reguladora por IT. En el caso de contingencia profesional, este porcentaje se cobra desde el inicio.

Por ejemplo, Marta coge la baja el día 1 y tiene una base de cotización de contingencias comunes de 1200 euros. Dividiremos su base de cotización por 30 para conocer el salario diario de base reguladora y nos dará 40. De modo que:

    • Los tres primeros días cobrará 0 euros.
    • Del 4º al 20º día: 17 x 40 x 0,60 = 408 euros
    • Del 21º al 30º día: 10 x 40 x 0,75 = 300 euros

En total, Marta cobrará por su primer mes de baja 708 euros.

Estos porcentajes corresponden a los mínimos establecidos por ley, según el convenio que se tenga con la empresa, estos pueden cambiar (algunas empresas vienen obligadas a complementar la prestación de IT).

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda o consulta.

There Are 96 Comments

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    Concepción4-5-2017

    Buenas noche, por qué as bajas ocurridas en el mes de Febrero se descuentan de manera distinta que en los otros meses. Cuál es esa ley? Gracias

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      mlopez4-7-2017

      Hola Conchi, gracias por escribirnos. Las bajas se cuentan a partir del día que empieza la baja, es posible que la base de cotización de febrero sea inferior y por eso hayas cobrado menos al empezar la baja en ese mes. Si tienes algún documento que no entiendas nos lo puedes enviar para que te lo expliquemos.

      Un saludo.

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    Irene Mira Vazquez9-17-2017

    Buenas tardes. Mi cuestión es la siguiente, mañana me tendré que coger la baja por enfermedad. Me han mandado reposo. Es la primera baja en mi vida. Un compañero me comentó algo sobre que la primera baja que te coges no te descuentan nada. Es cierto ?

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      mlopez9-18-2017

      Hola Irene, sentimos comunicarte que eso no es cierto. A no ser que sea tu empresa la que llegue a ese acuerdo contigo y te permita recuperar las horas perdidas por ser la primera vez.
      Gracias por escribirnos, si tienes alguna otra duda quedamos a tu disposición, esperamos que te recuperes pronto.

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    Liz9-28-2017

    Hola buenas tardes, mi pregunta es que ocurre cuando se acaba el contrato de trabajo, y estas cobrando una baja común, quien se hace responsable de los pagos

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      mlopez9-29-2017

      Hola Liz:

      En este caso se encarga el Servicio público de empleo.
      Si tienes alguna duda más quedamos a tu entera disposición.

      Recibe un cordial saludo.

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    sheila9-29-2017

    Buenas. Quisiera saber si tengo derecho a cobrar la baja. Pues tengo una enfermedad rara y una discapacidad. Por lo que durante unos meses no podré trabajar. Tengo contrato parcial desde el 10 de mayo.tengo derecho a cobrar la baj.?. Si no es asi cuanto tengo que cotiza para cobrarla.gracias

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      mlopez9-29-2017

      Hola Sheila.

      Para cobrar la baja por incapacidad temporal por enfermedad común (entendemos que esta es la causa de la baja) se requiere que hayas cotizado 180 días en los últimos 5 años. Esperamos haberte solucionado tus dudas.

      Recibe un cordial saludo.

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    Afonso10-13-2017

    Hola quería saber si estando de baja por enfermedad comun, la empresa cuanto paga por mi a partir del día 16 de baja?

    Gracias

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      mlopez10-17-2017

      Hola Alfonso, a partir del día 16 tu empresa no paga nada por la baja, el coste lo asume el INSS o la Mutua, si que es cierto que es tu empresa la que debe abonar el pago y luego se lo descuentan de los seguros sociales el mes siguiente. Esperamos haber solucionado tu duda y te agradecemos que cuentes con nosotros para cualquier necesidad futura. Un saludo.

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    Maria10-18-2017

    Buenos dias:
    He tenido que ausentarme un día en el trabajo por enfermedad, no les vale el justificante de un día dicen que tengo que coger una baja.. de un día? Es legal? Mi convenio es el de Fetico espero que me puedan ayudar gracias

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      mlopez10-18-2017

      Hola María, es legal que la empresa pida que cojas la baja por un día. Tener un justificante como que has ido al médico no significa que estés incapacitada para no acudir en toda tu jornada laboral. Sabemos que muchas empresas son más permisivas con empleados que faltan un día o puede que dos y piden la baja a partir del tercer día, sin embargo es legal que se pida la baja aunque sea de un solo día. Esperamos haber sido de ayuda y te agradecemos que nos leas y cuentes con nosotros en futuras ocasiones. Recibe un cordial saludo.

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    Lydia12-3-2017

    Buenas noches, resumo un poco, me dieron la baja por la s.s por sindrome de tunel carpiano el 27/10/17 , bien ,se supone que se basan en la nòmina del mes anterior a la baja, osea, septiembre, pero con tan mala suerte que septiembre solo trabajamos 18 días porque nos mandaron un mes al paro porque somos fijos discontinuos y flojeo la faena…dicho esto, se basan en septiembre aunque seA de 18 dias ? O cogen el último mes entero que fue Agosto? Es que me han pagado muy poco y no veo sentido basandome en las cantidAdes.gracias de antemano. Saludos.

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      mlopez12-11-2017

      Hola Lydia:

      Se toma la base entera del mes anterior, pero teniendo en cuenta también los 12 días que tuviste que estar en desempleo en septiembre. Es decir, se sumarían 18 días de base de trabajo más 12 de desempleo.

      Esperamos haber resuelto tu duda, gracias por contar con nosotros. Un saludo.

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    Nerea1-9-2018

    Hola buenAs, hoy no he podido ir a trabajar porque tengo fuertes dolores de ovarios y me dejan muy debilitada acompañados de grandes hemorragias y dolores de cabeza y estoy de cara al público. Mi pregunta es yo MÑana voy a trabajar es necesario coger la baja con alta en el mismo día o con el justificante que indique que necesito reposo bastaría. He estado leyendo que h cambiado todo esto y la empresa aunque sea por un dolor de barriga te hace coger la baja.

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      mlopez1-11-2018

      Hola Nerea:

      Te hemos contestado a tu mail particular, esperamos haber resuelto tus dudas. Recibe un cordial saludo de todo el equipo.

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    ANA UCEDA1-10-2018

    Hola, el dia 9 de diciembre me cai y fui a urgencias y me escayolaron un brazo por rotura. . Era sabado. El lunes fui al médico de cabecera y me hizo la baja desde el dia 11. Es esto correcto o debe ser desde el mismo dia 9. ? Gracias.

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      mlopez1-12-2018

      Hola Ana:

      La baja debe hacerse desde el día en que tienes el accidente. Debería ser desde el 9.
      Gracias por consultar con nosotros, recibe un cordial saludo de todo el equipo.

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    Antonia1-12-2018

    Hola, em marzo me incorporo al trabajo despues de la baja de maternidad, lactancia compactada y vacaciones. Mi preguntaves puedo solicitar a la emplresa tener un horario fijo, hasta ahora son rotativos pero me interesa estar de mañana, se puede exigir?
    Gracias

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      mlopez1-12-2018

      Hola Antonia:

      Primero felicitarte por tu maternidad. Si la empresa funciona con turnos rotativos no está obligada a darte el turno de mañana. Puedes pedirlo, pero dependerá de ellos concederte el horario que solicites.

      Esperamos haber resuelto tu duda y te agradecemos la confianza depositada en nosotros.

      Recibe un cordial saludo de todo el equipo.

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    Raul1-29-2018

    Buenas tardes, ausentarse durante 2-3 días por enfermedad común, es motivo para no retribuir nada al trabajador esos días?
    Creo que una sentencia en agosto del TC se pronunciaba al contrario, ruego aclaración.

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    Paula2-3-2018

    Estoy obligado a decir la enfermedad común que parezco a la empresa? Me ha dado el médico la baja, y ellos quieren saber que es lo que me pasa

    Muchas gracias

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      mlopez2-26-2018

      Hola Paula: No, no estás obligada a comunicar cuál es la enfermedad que padeces. Únicamente debes presentar los partes de baja correspondientes.
      Recibe un cordial saludo.

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    maria2-7-2018

    Hola llevo desde el dia 29-12-/2017 de baja por it y no me han abonado la nomina del mes de Enero. He mandado varios email a la empresa reclamando el pago o una explicacion al respecto pero no me contestan y tampoco se ha puesto nadie de la Mutua en contacto conmigo. como he de actuar en este caso.
    gracias

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      mlopez2-26-2018

      Buenos días María: Si no tienes forma de contactar con la empresa y tienes la prueba de que te has intentado poner en contacto con ellos, lo mejor es que acudas a un abogado laboralista para que envíe un burofax en tu nombre reclamando la cantidad adeuda o interponga una papeleta de conciliación en tu nombre para reclamar dicha cantidad a la empresa. Si te decides a contar con un abogado, estaremos encantados de ayudarte.
      Recibe un cordial saludo.

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    Christian P2-9-2018

    Buenos días,

    he estado una semana de baja por una gastroenteritis que se ha agravado un poco y el médico me ha dado cita para hoy, día 9 de febrero. He estado mirando en varios sitios y no me termina de quedar claro: ¿tengo que reincorporarme inmediatamente después de la cita médica o el día de la alta aún no debería acudir a mi puesto de trabajo?
    Agradecería muchísimo vuestra ayuda.
    Un saludo.

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      mlopez2-9-2018

      Buenos días Cristian: Un abogado te ha respondido a tu correo particular. Esperamos haberte sido de ayuda. Recibe un cordial saludo y gracias por confiar en nosotros.

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    Maria2-12-2018

    Hola, llevo casi un mes de baja por un problema cervical, la cosa es que quiero irme de esa empresa porque no hay buen royo nos pagan mal etc…mi pregunta es,puedo seguir de baja si yo me despido y doy mis 15 dias?? En esos 15 dias puedo seguir de baja??

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      mlopez2-26-2018

      Hola María: Un abogado te ha respondido a tu correo particular.
      Esperamos haberte servido de ayuda. Recibe un cordial saludo y gracias por confiar en nosotros.

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      mlopez2-26-2018

      Buenos días Maria: un aboga te ha contestado a tu dirección de correo.
      Esperamos haber resuelto tu duda y te agradecemos que te hayas puesto en contacto con nosotros. Recibe un cordial saludo.

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    Sheyla2-20-2018

    Hola buenos días llevo de baja dos meses por depresión y tlp estoy acudiendo a un hospital de día , me gustaría saber si este mes voy a cobrar más o voy a cobrar lo mismo todos los meses .

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    Marta Rodríguez Sánchez2-24-2018

    Tengo un trabajador q se ha dado de baja por enfernedad común. Cuánto cobra y quien se lo paga??lo q cobra habitualmente son 908 euros y es convenio de administrativo. Muchas gracias

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    María2-28-2018

    Buenas tardes.
    Actualmente estoy de baja.Normalmente nos paga la nómina en mano pero no puedo ir a la oficina recoger el sueldo .He llamado por teléfono pero no me contestan y he enviado un email con mi número de cuenta .Si no me pagan en el plazo indicado que debo hacer.Gracias un saludo.

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      mlopez3-2-2018

      Hola María, cuando el empresario paga la nómina en mano, tanto si es en efectivo como mediante un talón, el trabajador debe firmar la nómina. Es posible que por este motivo no te ingresen el dinero en la cuenta. Si no puedes ponerte en contacto con ellos ni acudir a la empresa, te aconsejamos que pidas a alguien que vaya por ti y se informe de las soluciones que te ofrece la empresa. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    MARTA3-1-2018

    Buenos días. He estado de baja tres días del mes de febrero por tener una gripe, provocada por las condiciones laborales que tengo. Trabajo nueve horas en una oficina a máximo 13 grados de temperatura. De hecho trabajamos con abrigo puesto. Me han descontado de la nómina de febrero más de 200€. Hay alguna manera de reclamar que mi enfermedad fue por las condiciones de trabajo?.
    Muchas gracias.

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      mlopez3-2-2018

      Hola Marta, siempre que las condiciones laborales no sean las correctas se debe interponer una queja por escrito para que cuando ocurran estas cosas tengas pruebas. Lamentablemente es muy difícil dictaminar si tu enfermedad se debe al frío que se pasa en la oficina, un contagio… Te recomendamos encarecidamente que cuando algo no funcione como debe en tu empresa pongas queja escrita y formal. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Daniela3-1-2018

    Buenas tardes, tengo una duda sobre la baja por enfermedad en el mes de Febrero. En mi empresa se cobra salario mensual basado siempre en 30 días, este pasado mes de febrero cogí la baja 1 día y en nómina solo me pagan 27 porque febrero tiene 28 días y me descuentan el día que estuve de baja…pero eso es legal? Si la nómina siempre la basan en 30 días, pueden hacer eso por ser el mes de Febrero?? Porque ahora basan mi nómina en 28 días si siempre se calcula sobre 30? Me están descontando 2 días que no he trabajado pero porque el mes no tiene mas días!!!! Yo no tengo la culpa de eso….

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      mlopez3-2-2018

      Hola Daniela, te recomendamos que hables con tu empresa para que te aclare los cálculos. Sin saber lo que cobras y lo que te han descontado no podemos darte mucha información. ¿Has comprobado que en las nóminas de tus compañeros de febrero pone 30 días? También es importante que conozcas cuánto te descuentan por un día no trabajado. No solo debes dividir tu nómina por los días trabajados y restarle 1 día a tu salario, hay más añadidos. De nuevo, te recomendamos que desde tu empresa te aclaren esta duda. Muchas gracias por tu consulta.

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    mairis3-1-2018

    buenos días,
    Si una vez ya iniciada mi jornada laboral (pongamos 3h) me encuentro mal, voy al medico de cabecera a por la baja. que pasa con las 3 horas ya trabajadas? me las tienen que pagar? a que precio?
    Gracias.

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      mlopez3-2-2018

      Hola Mairis, la empresa te abonará esas horas al mismo precio que siempre. Te descontarán las horas que no hayas trabajado más el descuento proporcional de las vacaciones que equivalen a esas horas. Esperamos haber resuelto tu duda, muchas gracias por confiar en nosotros.

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    Daniel3-7-2018

    Buenas, yo estube el mes anterior de baja una semana , ahora mi sueldo de este mes a sido muy inferior , ya va abonafo hay lo de la baja o la seguridad social es la encargada de ingresarme lo de la baja? Y aun no lo habra hecho? , gracias saludos

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      mlopez3-13-2018

      Buenos días Daniel: sin más datos nos es imposible darte una respuesta certera. En principio lo que has cobrado es lo correcto, ya que aunque parte de tu salario lo abona la Seguridad Social, el dinero sale de la empresa y luego es la Seguridad Social la que se lo devuelve a la misma. Esperamos haber resuelto tu duda. Si sigues teniendo dudas, te recomendamos que hables con tu empresa para que te expliquen los importes de tu nómina. Un saludo.

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    ANTONIO3-9-2018

    me gustaria saber si tengo derecho a cobrar algo por la seguridad social , estoy en paro y no estoy cobrando nada , estoy con problemas en los huesos de las rodillas y estoy en tratamiento durante 5 meses y si no me tendran que operarme , si el medico me da de baja ,ya que no estoy cotizando ,tengo derecho a cobrar oh tengo que estar cotizando para cobrar , un saludo cordial y a ver si me ayudan con esta duda que tengo.

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      mlopez3-13-2018

      Buenos días Antonio: lamentamos comunicarle que no podrá cobrar nada si no está cotizando, o cobrando el paro o alguna otra prestación. Otro tema sería que le pagasen algo por estar incapacitado para el trabajo. Le deseamos una pronta recuperación, reciba un cordial saludo.

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    Joana3-11-2018

    Hola. Tengo una Duda. Estoy en mi primero trabajo desde hace 4 meses, se me quedo embarazada tengo los mismos derechos que las demas chicas que trabajan desde hace años? Tengo miedo de no poder cojer la baja cuando la necessite.
    Gracias

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      mlopez3-13-2018

      Buenos días Joana: tus derechos son los mismos que los de cualquier trabajadora de la empresa. Si bien es cierto que según el tipo de contrato que tengas la empresa puede optar por la no renovación llegado el momento. Sin embargo, en el caso de que quedes embarazada, estás más protegida, por lo que te recomendamos que si tienes cualquier problema durante el embarazo con tu renovación te pongas en contacto con un abogado para que te asesore sobre tus opciones. Un saludo.

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    María3-12-2018

    Buenas tardes, me encuentro es situación de IT en mi empresa desde hace 8 meses. He de decir que la base de cálculo en esta empresa es siempre por 30 días, por qué entonces en el mes de febrero he cobrado menos importe? Se calcula por días naturales en caso que estés de baja?
    Muchas gracias

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      mlopez3-13-2018

      Buenos días María: En este caso es la Seguridad Social la que paga los días que estés de baja y ellos cuentan por días, es por eso que si un mes tiene menos días, cobrarás algo menos. Esperamos haber resuelto tu duda. Un saludo.

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    AnaM.lopez3-15-2018

    Buenas!
    Estuve de baja esta pasado mes de febrero, 2 días, mi nomina es mensual de 30 días todos los meses. En la nomina de febrero me han pagado 4 días menos. Si divido el sueldo entre 30 días y lo multiplico por 26, es exactamente lo que me han pagado.
    Eso es correcto, si todos los meses cuentan por 30 días tengan 31 o 28, porque si tienen que descontar dos días de baja en un mes como febrero tomando la cantidad resultante del sueldo entre 30 días, pero contando los trabajados (26)?

    Gracias de antemano por vuestra respuesta

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      mlopez4-9-2018

      Hola Ana: No solo te descuentan el día trabajado, también la parte proporcional de los días de descanso, vacaciones, etc. Es por ello que se descuenta algo más. Sin embargo, si tiene dudas siempre es aconsejable preguntar directamente a su empresa. Un saludo y gracias por su consulta.

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    Raquel3-19-2018

    Si el médico de cabezera me da la baja por estrés/ansiedad, ¿estoy obligada a actuar sobre eso y darme de baja en mi empresa? Pregunto porque yo no quiero estar de baja, solo quiero que mis jefes vean el efecto en sus trabajadores de la situación en la empresa, y que hagan algo para ayudar.

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      mlopez4-9-2018

      Hola Raquel: Si lo que quiere es que sus superiores sepan que están generando una situación de estrés en su empresa, debería hablar con ellos y mostrarles el informe de su médico. Coger la baja o no, depende de usted. Gracias por su consulta, un saludo.

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    Judith3-27-2018

    Hola buenas tardes. Mi consulta es e tenido dos días de baja mi pregunta es la empresa me los descuenta de mi sueldo??

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      mlopez4-9-2018

      Hola Judith: un abogado te ha respondido en privado, esperamos que te haya resuelto tu duda, un saludo y gracias por tu consulta.

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    Jacinto3-29-2018

    Hola,
    El pasado mes de enero estuve 15 días de baja. Ya recuperado de dicha baja, en el mes de marzo tuve una enfermedad común que me hizo cogerme un día de baja. Ese día de baja, no me lo tendrían que retribuir al 60%?
    Ese día suelto no ha sido retribuido.
    Gracias y un saludo

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      mlopez4-12-2018

      Hola Jacinto: al tratarse de una nueva baja no se percibe nada durante los 3 primeros días. Por lo tanto, ese único día de baja no cobras nada como bien indicas. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Rosa almendros gamez4-4-2018

    Hola yo estoy de baja desde el 20 de marzo
    Baja comun pero la enpresa no quiere asin que me amenazan y a hora me a llegado un sms de que tengo hora en la mutua de la empresa yo quiero saver si estoy hobligada a ir

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      mlopez4-9-2018

      Hola Rosa: la empresa puede requerirle que los médicos de su mutua la visiten cuando usted está de baja, es un procedimiento muy común cuando un empleado está varios días de baja. Gracias por su consulta, un saludo.

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    Mireya4-10-2018

    Hola mi nombre es mireya
    Mi hijo tiene un contrato de 6 meses pero resulto que al pico tiempo de su comtrato tuvo un accidente y estuvo de baja tres meses por accidentes comunes algo asi se reincompiro a trabajar a lao tres meses despues quiero saber si a el le temdrian que pagar o dar sus vacaciones

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      mlopez4-12-2018

      Hola Mireia: sí, durante los 3 meses de baja también se generan vacaciones. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Paula4-11-2018

    Buenas estoy embarazada de 37 semanas,ahora mismo estoy de baja por enfermedad común por mi medico de cabecera . Cumplo el 30 de abril ,y me ha puesto la siguiente revision para el 2 de mayo .mi pregunta es: si doy a luz antes del 2 de mayo cuando tengo q ir a mi medico para que me de de alta por enfermedad común y la baja maternal ? Tendria que ir antes del dia 2 ,antes de que se me pase la fecha de la revision ? Un saludo y gracias d antemano

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      mlopez4-12-2018

      Hola Paula: antes de nada, felicitarte por tu embarazo, esperamos que salga todo perfecto. Respecto a tu consulta, cuando des a luz, tú o alguien de tu entorno deberá llevar el certificado de nacimiento del hospital a tu médico. Se te dará de baja por enfermedad común y empezará la baja maternal. La baja maternal empieza a partir del nacimiento del bebé. Esperamos haber resuelto tu duda, recibe un saludo y, de nuevo, enhorabuena.

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    Johanna4-16-2018

    Hola! Estoy embarazada de 27 semanas, he He cogido la baja por enfermedad común y el mismo dia me diero de baja de la seguridad social en mi trabajo(despido).
    Que pasa con la baja? Es válida? quien se hace cargo? En que cituacion estaria actualmente?

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      mlopez4-23-2018

      Hola Johanna: al estar embarazada estás más protegida en cuanto al despido. Si te han despedido solo por coger la baja por enfermedad común, te recomendamos que reclames cuanto antes por despido improcedente o nulo. Si necesitas asesoramiento legal y que te acompañemos durante el proceso, estaremos encantados. Gracias por tu consulta. Un saludo.

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    Jose Andrés4-25-2018

    Buenos día
    Llevo trabando en una empresa 10 años. En los últimos 2 años debido a diversas enfermedades poco importantes, he cogido varias bajas no muy largas. Puede la empresa despedirme de forma procedente.

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      mlopez4-30-2018

      Hola Jose Andrés: si las bajas están justificadas por un médico y no se tratan de ausencias sin justificar, la empresa no debería poder despedirte de forma procedente. Desconocemos las causas del despido, si es que ya te lo han presentado. Si necesitas asesoramiento legal, cuenta con nosotros. Gracias por tu comentario y un saludo.

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    Andrea De Sousa De Nobrega4-30-2018

    Hola buenas tardes, el día de hoy tuve que ir al médico por malestar estomacal, en situaciones similares me han dado un justificante médico, en esta ocasión sin embargo me dieron la baja y el alta el mismo, día. Mi pregunta es, a efectos prácticos cual es la diferencia entre el justificativo y la baja por un dia? Se que en el caso del justificativo me lo descuentan de mis horas medicas y me pagan el día, pero que ocurre con una baja?

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      mlopez5-15-2018

      Hola Andrea: Actualmente se hacen bajas de un solo día, con lo cual te descontarán el día que no has ido a trabajar más el porcentaje de vacaciones y otros conceptos prorrateados en tu nómina. Un saludo y gracias por tu consulta.

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    Andrés5-1-2018

    Buenas tardes, trabajo a turnos, de manera que trabajo tres semanas y descanso una, he caído enfermo en la semana de descanso, cuándo debo comunicarlo a la empresa? P

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      mlopez5-15-2018

      Hola Andrés: Siempre debes comunicar a la empresa cualquier cosa que te suceda cuanto antes. Es parte de la buena fe contractual. Un saludo y gracias por tu consulta.

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    Lizmr5-5-2018

    Hola buenas tarde, querría saber si me pueden despedir estando de baja. Estoy embarazada y desde Febrero empecé a notar un trato diferente por la empresa, empezaba a decirme que todo estaba mal y no lo entendía porque la verdad que lo hacía todo igual o mejor, ya luego en medio de esas conversaciones me decía que no tenía ningún derecho ha estar embarazada que iba hacer un gasto inesesario para la empresa…. hasta que me di cuenta que todo era por mi embarazo la vedad es que lo estaba pasando bastante mal, llegando incluso a más de una ocasión a sufrir ataques de ansiedad y mi doctora me decía que cogiera la baja y la verdad que por miedo y por amor a mi trabajo no lo hacía, pero hace una semana, empecé a sufrir un acoso horrible, cogí muchos nervios y mi sorpresa es que empecé a manchar sangre y ahí ya mi doctora me “ obligó “ a coger la baja, a todo esto ya estoy en el tercer trimestre de mi embarazo y la verdad que no he disfrutado nada de él, todo lo contrario lo he pasado muy mal. Pues lo dicho me podrán despedir ? Y otra duda aún mi empresa no me ha pagado, trabaje todo el mes de Abril menos los tres últimos días,¿ cuantos días de retraso puede tener la empresa para pagarme ?

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      mlopez5-17-2018

      Hola Lizmr: si sufres acoso por parte de la empresa, te recomendamos que intentes documentarlo, si tienes algún mail o algún testigo que pueda afirmar el mal trato recibido sería de gran ayuda. Lo primero que te recomendamos es que te relajes y disfrutes de tu embarazo, es algo maravilloso que no deberías de pasar de esta forma. Si has seguido trabajando igual de bien que hasta la fecha de tu embarazo la empresa no podrá despedirte con causas justificadas y estando embarazada estás más protegida todavía. Esperamos que salga todo muy bien y si necesitas asesoramiento legal no dudes en contar con nosotros. Un saludo y gracias por tu consulta.

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    Biviana5-12-2018

    Mi esposo lleva trabajando como albañil cinco semanas . Le han dado la baja por u lumbago. Durante dos semanas mi pregunta es si cobrara algo en esas dos semanas ? Cotizo el año pasado seis meses media jornada .

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      mlopez5-17-2018

      Hola Biviana: si tu esposo tiene un contrato laboral, cobrará las dos semanas que esté de baja. Los tres primeros días no cobrará nada, y hasta que reciba el alta un porcentaje de su salario. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Javier5-15-2018

    Hola Mlopez
    No me han pagado el último día trabajado porque coincide con el primer día de baja. Qué puedo hacer?
    Saludos y gracias

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      mlopez5-17-2018

      Hola Javier: Si has cumplido con tu horario laboral, deben abonarte el día trabajado. Te recomendamos que acudas el médico que te dio la baja para que cambie el parte médico. Un saludo y gracias por tu consulta.

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    Julieta5-26-2018

    Hola buenos días tengo una baja común por enfermedad quiesiera y llevo dos meses de baja pero solamente presente mi parte de baja las ceses que he ido al médico, ahora la empresa me reclama q no presente por semana podría t ver algún problema por este motivo me podrían despedir, yo estoy con tratamiento psicológico

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      mlopez6-5-2018

      Hola Julieta: La empresa podría ponerle una sanción por no presentar los partes semanales. No sería suficiente para despedirte pero sí podrían sancionarte con un par de días de suspensión de empleo y sueldo. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Juan Carlos5-26-2018

    Hola buenas tardes, después de 15 años en la misma empresa por razones de salud laboral y social he decidido operarme de presbicia. He estado 16 días de baja y mi médico de cabecera me dió los partes de baja por contingencias comunes pero asepeyo me deniega el cobro de la baja aludiendo una operación estética sin derecho a salario. ¿ Tengo derecho al mismo? ¿ Cómo puedo proceder? Muchas gracias.

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      mlopez6-5-2018

      Hola Juan Carlos: Lamentamos informarle que este tipo de operaciones son consideradas de estética. La mutua puede denegar el pago de la baja. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    David Chaves Galvin5-27-2018

    en mi última nómina las contingencias común de mi nómina es de 2700 cuanto cobraré al otro mes llevo un mes de baja por enfermedad comun

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      mlopez6-5-2018

      Hola, tal y como explicamos en el artículo:

      Los tres primeros días no cobrará nada.
      Del 4ª al 20ª día el 60% de la base reguladora, en su caso: 918 euros
      A partir del 21º día el 75% de la base reguladora, en su caso: 675 euros

      Total del mes: 1.593 euros. Esto suponiendo que la baja va del día 1 al 30.

      He hecho 2.700/30= 90

      Los tres primeros días nada.

      Del 4 al 20 día son 17 días al 60%
      90×17= 1.530
      1.530×0,60= 918 euros

      Del 21 al 30 son 10 días al 75%
      90×10= 900
      900×0,75= 675 euros

      918+675= 1.593 euros brutos.

      Si el convenio establece un complemento de prestación entonces se incrementará en lo que establezca el convenio.

      Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Lara6-6-2018

    Buenas. Quería hacer una consulta.
    Llevo de baja por ansiedad 6 meses y me he quedado embarazada. Quería saber qué medidas podría tomar la empresa o que podría hacer yo.
    Gracias.

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      mlopez6-12-2018

      Buenos días Lara: en primer lugar queremos felicitarte por tu embarazo. No sabemos a qué te refieres con qué medidas puede tomar la empresa, suponemos que temes el despido. En tu caso, al estar embarazada estás más protegida que el resto de tus compañeros a un despido, por lo general se mira mucho si un empresario quiere deshacerse de una empleada embarazada y necesitará razones demostrables para un despido procedente. Te recomendamos que cuando te reincorpores al trabajo tras tu baja por ansiedad, o incluso antes si lo prefieres, comuniques a la empresa que estás embarazada con total naturalidad, sigue trabajando como siempre y si necesitas asistencia legal por cualquier problema que te surja, estaremos encantados de ayudarte. Muchas gracias por tu consulta y un saludo.

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    María José6-8-2018

    Buenos días.
    Cuando se está de baja l¿a empresa puede reclamarte esos días?¿ Es decir se los debes ?

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      mlopez6-12-2018

      Buenos días María José: cuando se está de baja se deja de percibir parte del sueldo. No se le deben esos días a la empresa. Gracias por tu consulta, un saludo.

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    Alex6-14-2018

    Buenos días. He estado de baja desde el día 4 hasta el día 12, el día 3 no fui al trabajo pero no me estaba de baja en esa fecha, tengo es un justificante, como he tenido tantos problemas con mi jefe no quise notificar q estaba de baja y cuando me dieron el alta se los dije, ellos me dijeron que Ojalá no los multen. Pero a quién a ellos o a mi ?? Que puede pasar con mi salario ?

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      mlopez7-5-2018

      Hola Alex: Los partes de alta y baja tienen unos plazos para presentarse. Si la empresa no lo comunica en ese plazo, puede ser multada.

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    Silvia Roldan7-6-2018

    Buenas noches. Mi caso es el siguiente: en mi convenio cuando alguien se da de baja se contempla que sí la misma es superior a 21 días se paga hasta el 100%. Sin embargo mi baja (Que ha sido de 22 dias) ha cogido entre dos meses. En la nómina que he percibido me vienen unos 150€ menos. ¿Me pagarían el resto hasta el 100% en ña siguiente nómina o no es así?
    Gracias

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      mlopez7-18-2018

      Buenos días Silvia: Deberían pagarte la diferencia en la siguiente nómina. Esperamos haberte ayudado con nuestra respuesta. Un saludo.

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    Mercedes7-7-2018

    Hola tenía una consulta estoy de baja hace casi 3 meses estoy por enfermedad común , pero estoy embarazada de 34 semanas tengo esta baja porqu e tengo embarazo de riesgo por u problema de salud y no pude coger la baja por la mutua aparte que la empresa no movió los papeles rápido cuando se lo pedi oara poder tramitar esa baja mi pregunta es pir convenio de hosteleria la empresa tiene que cubrir hasta el 100% del salario pero este mes no me han ingresado la nómina aún quería saber hasta cuando hay plazo para que me pague o pongo la denuncia oara que la seguridad social me ingrese directament a mi

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      mlopez7-12-2018

      Buenos días: El salario lo puede reclamar desde el primer mes que le falte, sin embargo, siempre se recomiendo esperar a que se solucione el pago por parte de la empresa. Nuestro consejo es que siempre intente ponerse en contacto con la empresa y esclarecer el tema. Si no obtuviese respuesta o no fuese satisfactoria, podría proceder a reclamar su salario. Si necesita los servicios de uno de nuestros abogados estaremos encantados de acompañarle durante el proceso. Un saludo.

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    María7-15-2018

    Buenos días,
    tengo una duda sobre antigüedad en empresa y baja por enfermedad común.
    El caso es el siguiente: se cumplen tres años de contrato el 2 de marzo y el 14 de ese mismo mes se entra en situación de incapacidad temporal por enfermedad común. La reincorporación se produce el 24 de mayo. La cuestión es si el plus de antigüedad debería incluirse en abril y mayo ya, aún habiendo estado de baja, o no se empieza a cobrar hasta la reincorporación.
    Gracias

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      mlopez7-18-2018

      Buenos días María: El plus se incluye cuando se cumpla el plazo de antigüedad, aunque se esté de baja. Esperamos haberte ayudado con nuestra respuesta. Un saludo.

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    Cristal10-23-2018

    Buenas mi pregunta es la siguiente he empezado a trabajarr hacevun mes en una empresa y tengo problemas de salud q requieren una baja, puedo?? esq lei q tienes q estar 180 dias ennla empresa y nose si lo he entendido bien la verdad

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    Grisela10-24-2018

    Estando en el paro con prestacion por desempleo y embarazada, si cojo la baja por ciàtica y tengo embarazo de riesgo, sigo cobrando el paro? No cobro nada? O se me para el Paro y cobro del INSS?
    Gracias

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