AMJ ABOGADOS

Servicios mínimos en una huelga

Servicios mínimos en una huelga

Ya hemos comentado en anteriores ocasiones que el decreto que regula el derecho a la huelga resulta algo obsoleto y requiere de una revisión . Puedes consultar nuestro artículo sobre los límites del derecho a la huelga

El debate sobre la regulación de los límites del derecho a la huelga se abre cada vez que se produce una huelga, sin embargo se olvida rápidamente cuando ésta termina. Los servicios mínimos son una parte importante en ese debate, hoy os explicamos en qué consisten, qué se considera servicios mínimos y quién los impone.

Qué son

Explicar en qué consiste un servicio mínimo es tarea sencilla, su propio nombre lo indica. Los servicios mínimos consisten en ofrecer un porcentaje de los servicios normales para ese día que permita el correcto funcionamiento de la empresa: mantener la producción, una correcta atención al cliente…

Qué se considera servicio mínimo

Como hemos dicho, su definición es sencilla, pero no lo es tanto su puesta en práctica ¿qué se considera un buen funcionamiento? ¿qué porcentaje es el justo y adecuado según el volumen de trabajo o el tipo de empresa? Estas y otras cuestiones no tienen una respuesta regulada, es decir, cada huelga es un mundo y cada una será tratada de forma individual

Los servicios mínimos deben garantizar el derecho a la huelga de los trabajadores y el derecho de los clientes a obtener un determinado servicio o producto. Esta premisa puede resultar ideal, en apariencia todos ganan y pueden ejercer su derecho. Si embargo, el efecto de la huelga puede verse eclipsado por unos servicios mínimos que no ocasionen una molestia notable para la empresa.

Para los sindicatos unos servicios mínimos deberían cubrir únicamente emergencias llegando incluso a rechazar la existencia de servicios mínimos en algunos sectores.

Por ejemplo, en el caso del paro de los trabajadores de Eulen en el Aeropuerto de Barcelona se consideró que los servicios mínimos debían ser del 90% dado que un porcentaje inferior habría interferido en el derecho a la libertad de circulación.

Quién decreta los servicios mínimos en una huelga

La autoridad gubernativa de cada comunidad será la encargada de fijar los servicios mínimos que garanticen los servicios esenciales. La empresa deberá informar del preaviso de huelga y si el sindicato no está de acuerdo con los servicios establecidos podrá oponerse ofreciendo alternativas.

Una vez fijados los servicios mínimos, la empresa asignará los trabajadores que deben cumplir con sus tareas, si se produce una negativa injustificada por parte de algún trabajador se puede considerar como falta muy grave llegando al despido disciplinario.

Esperamos que este artículo haya sido de vuestro interés, os recordamos que podéis dejar vuestra opiniones y consultas.

Debido al volumen de comentarios recibidos, no nos es posible dar respuesta personalizada a todos ellos. Antes de realizar tu consulta, por favor, revisa los otros comentarios respondidos, es posible que encuentres la respuesta a tu consulta. De todas formas, si quieres ponerte en contacto con nosotros directamente por un tema urgente e importante, puedes hacerlo a través del formulario de contacto. Te contestaremos lo antes posible.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *