AMJ ABOGADOS

Qué hacer cuando la empresa cierra y te deben dinero FOGASA

fogasa

Qué hacer cuando la empresa cierra y te deben dinero – FOGASA

CIERRE DE LA EMPRESA INSOLVENTE Y ABONO DE SALARIOS E INDEMNIZACIONES POR EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA)

Lamentablemente en la situación actual muchas empresas están despidiendo a los trabajadores y no pueden ni tan siquiera abonar las indemnizaciones legales. En estas situaciones tan dramáticas para los trabajadores quien se hace cargo de las indemnizaciones legales y de hasta 4 meses de salario (en ambos casos con unos topes salariales) adeudados es un organismo estatal llamado FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA).

Si alguien se encuentra en una situación de este tipo lo mejor es ponerse de manera rápida en manos de un especialista que sabrá cuál es la manera más rápida y segura de solicitar el pago por parte de dicho organismo. Se ha de tener en cuenta que para ello se requiere que exista, además de una deuda indemnizatoria o salarial reconocida, una declaración de insolvencia, ya sea en la vía social o mercantil, por lo que es preciso que intervenga un experto.

Los trámites para el cobro por parte del FOGASA suelen ser engorrosos y lentos, sobre todo porque requiere de la intervención previa de un juzgado, lo que suele dilatar plazos, pero finalmente seguros. Es importante que el profesional que asista al trabajador conozca perfectamente la jurisdicción social y mercantil, el proceso de reclamación de la prestación al FOGASA y la documentación requerida, los plazos, etc.

En el próximo semestre está previsto un incremento de solicitudes de prestaciones al FOGASA, lo que seguramente provocará un retraso en el pago por parte de este organismo, que trabaja con presupuestos anuales. Por lo que si un trabajador se encuentra en esta difícil situación, que la empresa no le abona el salario o la indemnización, le recomiendo la máxima rapidez en la búsqueda de un profesional experto.

Los abogados suelen percibir un tanto por ciento del total a cobrar por el FOGASA, desde un 10% a un 15% y una cantidad fija al inicio. En nuestro caso solemos ajustar dichos porcentajes al máximo, jamás superamos el 10%, nunca cobramos una cantidad fija al inicio y, en casos colectivos, los importes suelen ser muy inferiores a los antes indicados.

Contáctanos para tener más información enviando un email a clientes@amj-abogados.com

 

Debido al volumen de comentarios recibidos, no nos es posible dar respuesta personalizada a todos ellos. Antes de realizar tu consulta, por favor, revisa los otros comentarios respondidos, es posible que encuentres la respuesta a tu consulta. De todas formas, si quieres ponerte en contacto con nosotros directamente por un tema urgente e importante, puedes hacerlo a través del formulario de contacto. Te contestaremos lo antes posible.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *