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Mi jefe no me paga ¿qué puedo hacer?

MI JEFE NO ME PAGA ¿QUÉ PUEDO HACER?

La base de una relación laboral consiste en que el trabajador cumpla con su contrato laboral acudiendo a trabajar (entre otras cosas); y a cambio el empresario debe abonar una cantidad salarial estipulada en dicho contrato.

La obligación de la empresa de abonar el pago de la nómina queda recogida en el art. 29 del Estatuto de los Trabajadores

“1. La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.”

Pero, ¿qué pasa cuando la empresa no cumple con su parte del contrato? ¿Qué puede hacer un trabajador al que no se le paga o se le paga con retraso de forma reiterada?

Si la empresa acumula retrasos en el abono de las nóminas, el trabajador tiene dos opciones:

    • Reclamar las cantidades atrasadas
    • Pedir la finalización del contrato

RECLAMAR CANTIDADES ATRASADAS:

Las cantidades que puedes reclamar van desde la nómina entera a parte de ella como días festivos o extras. No es necesario que haya un límite de deuda. Nuestro consejo es siempre que hables con la empresa para, en primer lugar, intentar solucionar el posible problema con ellos.

Si no es posible comunicarte verbalmente o no consigues una respuesta por su parte, puedes solicitar el pago de tu nómina, o el concepto que sea, por escrito. Envía un mail, un fax o incluso un burofax que te permitirá saber con certeza que el documento ha sido recibido por el interesado, además puedes pedir que el burofax vaya con certificado de contenido, de este modo tendrás una prueba de tu solicitud reclamando los pagos directamente a la empresa.

Si consideras que las razones del empresario para no abonar el importe no son creíbles o razonables, o si, simplemente, éste no responde; deberás acudir a un abogado laboralista para interponer una papeleta de conciliación. En la papeleta de conciliación se deberá especificar las cantidades que se reclaman y los conceptos a los que hacen referencia. Es posible reclamar un 10% de mora sobre las cantidades adeudadas.

Una papeleta de conciliación sirve para tratar de llegar a un acuerdo con la empresa sin la necesidad de intervención de un juez, de modo que, si las dos partes (con sus respectivos abogados) se ponen de acuerdo, no hará falta llegar a juicio.

Es importante que sepas que el plazo para hacer una reclamación de este tipo es de un año, es decir, si estamos en noviembre de 2016, se podrán reclamar deudas hasta noviembre del 2015.

PEDIR LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO:

En algunos casos, la situación de impago es constante, el trabajador siente mucha inestabilidad económica y eso hace que decida que lo mejor para él es abandonar la empresa.

Cada caso debe ser examinado por un juez para determinar si procede o no la rescisión de contrato. Debemos tener en cuenta que los impagos deben de ser continuos y de cantidades importantes.

En caso de que el trabajador tuviese derecho a la finalización del contrato, no sería denominado como baja voluntaria si no como despido por parte de la empresa. De modo que el trabajador tendría derecho a la prestación por desempleo y a una indemnización por parte de la empresa equivalente a la del despido improcedente.

Los pasos a seguir son los mismos que en la reclamación de cantidades atrasadas: papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, juicio.

El trabajador no podrá dejar de acudir a su puesto de trabajo hasta que no haya una sentencia firme que así lo indique; incluso si los impagos siguen produciéndose. Si decidiese de forma unilateral abandonar su lugar de trabajo perdería el derecho al paro y a la indemnización.

Algunas veces, cuando a la empresa les llega la demanda, se ponen al corriente de los pagos para evitar ir a juicio. El trabajador sigue en su derecho de pedir la finalización de su contrato aunque esto suceda.

There Are 4 Comments

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    hastaloscojones9-12-2017

    el problema de estas soluciones es que no solcuionan el problema real, que es que no te pagan, no pagas, entras en orosidad y a pagar comsiones ya sea de cualquier banco, entidad, prestamo etc…, acaban pagandoise lo que +/- se debe y te vas a la calle…. ese es el problema

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      mlopez9-12-2017

      Apreciado lector, le aconsejamos que si alguna vez se ve en una situación similar recurra a un abogado laboralista de inmediato para que le aconseje qué es lo mejor según la situación. Gracias por su comentario.

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    Bruno2-24-2018

    Ola yo tengo este problema tuve un error en mi trabajo con una mercancia el cual desde luego aclare el problema es que la persona responsable de las nominas retuvo mi pago semanal y sin notificarme hasta que yo quise disponer en un cajero de efectivo me di cuenta que no me habian depositado y se me hace bastante desagradable que yo tuviera qye estar lamando a R H. Para que me aclararan que pasaba con mi pago semanal y hasta horas despues me contestaron diciendo que me presentara el dia lunes para aclarar lo de mi pago osea tres dias después me afectan bastante por que me dejan sin dinero prácticamente tres dias ante esta situacion que puedo hacer ?? porque no se me hace justo que la empresa condicione y trate asi a los empleados

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      mlopez2-26-2018

      Hola Bruno: los problemas con el pago de la nómina deben ser más continuados y con cantidades importantes para poder empezar un recurso o reclamación. Habla con el responsable para que esta situación no se vuelva a producir y en caso de que así sea, y esto te cree una situación de inseguridad económica acude a un abogado laboralista que te indicara lo que más te conviene hacer.
      Esperamos haber resuelto tu duda, recibe un cordial saludo.

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