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La nueva ayuda para «ninis» de 430 euros.

La nueva ayuda para ninis de 430 euros

Cerca de la mitad de los jóvenes españoles se encuentran en situación de desempleo. Conocidos como “ninis” porque ni estudian ni trabajan, estos jóvenes menores de 30 en ocasiones no han acabado ni la ESO. Abandonaron sus estudios para ponerse a trabajar y la crisis les dejó sin una cosa ni la otra. Muchos de ellos no han podido volver al mercado laboral y tampoco permitirse unos estudios de nuevo.

Es por ello que el Gobierno ha propuesto una ayuda que podría beneficiar a cerca de 800.000 jóvenes en España menores de 30 años. Esta ayuda se pagará con fondos europeos y no con dinero del presupuesto como se dijo en un principio.

¿En qué consiste?

Se trata de un complemento salarial de 430 euros para aquellos jóvenes que consigan un contrato de formación y aprendizaje. Es decir, además del salario por contrato, se recibirá 430 euros mensuales.

Tendrá una duración máxima 18 meses y podría entrar en vigor antes de que acabe el año.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Jóvenes desempleados y sin formación (“ninis”), es decir que ni estudian ni trabajan si cumplen los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 30 años.
  • Tener nacionalidad española o de la Unión Europea.
  • Ser extranjero con autorización para residir en territorio español y permiso de trabajo.
  • Estar inscrito en el programa de Garantía Juvenil.
  • No estudiar ni trabajar en el momento de la solicitud.
  • Conseguir un contrato de formación.

La medida pretende ser un complemento a las ayudas que el programa de Garantía Juvenil ofrece a los empresarios.

Pese a que todavía no se ha concretado mucho más sobre cuándo podría ponerse en marcha esta ayuda, ya son muchos los que la alaban y otros tantos los que la critican. Desde el Gobierno se ve como una oportunidad de reinserción laboral para jóvenes poco preparados. Desde los sindicatos se reclaman más “empleos dignos y menos ayudas paliativas”.

Y tú, ¿qué opinas de esta nueva medida? Te recordamos que puedes leer más artículos como este en www.abogadium.com

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