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5 Cosas que debes saber antes de aceptar un empleo

En este post analizaremos los cinco puntos más relevantes sobre los que debes informarte antes de aceptar un empleo. Ya sea tu primer trabajo o uno nuevo.

  1. Conocer tu salario
  2. El convenio colectivo
  3. Horario y calendario laboral
  4. Fecha del pago de la nómina
  5. Tareas que vas a desepempeñar

1. El salario

Además de saber cuál va a ser tu salario base es importante que conozcas si la empresa aplica complementos salariales, unas cantidades añadidas al salario base fijadas en función de:

  • Condiciones personales del trabajador: idiomas, títulos, antigüedad, etc.
  • El trabajo realizado: los turnos de noche por lo general requieren un plus por parte de la empresa, (se considera trabajo nocturno todo aquel que se realiza entre las 10 y las 6 de la mañana) si tu trabajo es considerado “de riesgo” también deberías cobrar más que alguien que no se expone a tantos accidentes laborales.
  • Resultados de la empresa: si la empresa consigue un porcentaje alto de beneficios o pasa del porcentaje de beneficios previstos para ese año o mes, puede premiar a sus trabajadores con pluses o bonificaciones. También existe la opción de trabajar por incentivos, la empresa te marca unos objetivos que debes conseguir para ganar más dinero.

Es interesante también, conocer cómo vas a percibir las pagas extras. Todo trabajador tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año (la primera se paga cuando el empresario decida, la segunda siempre en Navidad). Si no recibes pagas extraordinarias es porque la empresa ha decidido prorratear dichas pagas, esto quiere decir que el importe de dichas pagas se reparte en la nómina de cada mes.

Por último es importante que conozcas si tu salario es el adecuado. Es decir, que compares tu sueldo con el de otra persona en tus mismas condiciones laborales. No hace falta que hagas una encuesta  familiares o amigos. En internet hay muchas aplicaciones que permiten arrojar luz a este tema.

 

2. El convenio colectivo

Todo lo que necesitas saber sobre la relación entre la empresa y tú está registrado en el convenio colectivo. Éste es el resultado de negociaciones entre el empresario y los representantes de los trabajadores para determinar las obligaciones y los derechos de ambos.

Los aspectos más destacados que recoge un convenio colectivo afectan a: los salarios, la jornada laboral, duración de contratos, vacaciones, promociones profesionales, planes de igualdad entre géneros o las condiciones de trabajo. Pero hay muchas más, piénsalo como un contrato en el que se cubre cada acción que pueda llegar a ocurrir entre la empresa y tú.

Los convenios colectivos no son eternos, tienen una duración determinada acordada entre las dos partes, normalmente se revisan y actualizan cada año.

Si quieres saber cuál es tu convenio colectivo y lo que en él se recoge puedes buscar si en las cláusulas de tu contrato de trabajo aparece. De no ser así, consulta con los representantes sindicales de tu empresa o en la web del sindicato. Otra opción son los buscadores de internet, (google lo encuentra todo) o acceder al Boletín Oficial donde haya sido publicado.

 

3. Horario y vacaciones

Empecemos repasando algunas cosas básicas que seguro ya conoces:

  1. la jornada laboral no puede exceder las 40 horas semanales.
  2. Salvo que en el convenio se especifique de otra forma la jornada diaria no puede exceder las 9 horas de trabajo ordinario
  3. Debe haber 12 horas como mínimo entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente.
  4. Los descansos semanales deben ser de un día como mínimo.

Dicho esto, hay muchos aspectos que se pueden ampliar (reducciones de jornada, retribuciones extras por la naturaleza del trabajo, rotación de turnos en el caso de empresas que trabajen las 24h, y un largo etc.).

Si lo necesitas puedes pactar con la empresa cuáles serán tus horarios, es posible que no puedas trabajar en una franja determinada (hijos, estudios…) o que no dispongas de vehículo propio y no tengas cómo llegar a casa una vez los transportes públicos cierran sus puertas. Infórmate de si siempre tendrás el mismo horario, si será turno seguido, partido o rotativo para poder organizarte o descartar el empleo.

Por norma general los días de vacaciones no están ligados a las horas que trabajas, es decir, un trabajador con un contrato de 10 horas semanales gozará de los mismos días de vacaciones que otro que está a 40 horas semanales. De modo que ambos deben disfrutar de 30 días de vacaciones al año. Si el contrato es de menos duración las vacaciones se calculan en función de los meses que dure el contrato, si hacemos la división salen 2.5 días por mes trabajado. Aunque como ya hemos dicho, esto sucede por norma general, insistimos en que el convenio colectivo puede contener otro acuerdo.

Si necesitas ampliar esta información te sugerimos el siguiente enlace

http://www.empleo.gob.es/es/Guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_14_1.htm

 

4. La fecha del cobro de la nómina

Por lo general las nóminas se cobran los primeros días del mes, no suele pasar del día 6. Aunque cada empresa puede estipular sus propios días de cobro, incluso hay quién prefiere pagar semanalmente o quincenalmente, es algo que debes tener en cuenta.

En cuanto al aspecto legal en caso de retrasos en los pagos, el estatuto de los trabajdores en su art. 29 estipula que “La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.”

Puedes ampliar esta información en el siguiente enlace: http://www.estatutodelostrabajadores.com/a29-liquidacion-y-pago/

 

5. Las tareas  desempeñar

Es posible que no te lo plantees o que creas que queda bastante claro pero en ocasiones puedes verte realizando tareas para las que no estás cualificado o no tienen nada que ver con el trabajo pactado. Es por ello que debes conocer cuáles serán tus funciones dentro de la empresa.

En según qué trabajos un empleado puede desempeñar diversas funciones, por ejemplo: en el caso de que te contraten en el sector de hostelería es posible que tus funciones vayan desde servir mesas hasta limpiar zonas comunes; así como un administrativo puede además realizar pequeños encargos fuera de la oficina.

Todo aquello que se añada a las tareas propias de tu trabajo y con las que creas que no estarás de acuerdo es conveniente hablarlo o dejarlo zanjado antes de conseguir el empleo, ya que luego, si la empresa suele funcionar de ese modo, será más difícil negarte, o al menos, puede resultarte incómodo.

En conclusión, cualquier duda que puedas tener, mejor trátala antes de firmar el contrato de trabajo para evitar futuros malentendidos.

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