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3 Bonificaciones para nuevos autónomos

3 BONIFICACIONES PARA NUEVOS AUTÓNOMOS

Con el fin de promover el autoempleo y facilitar el inicio de la actividad laboral a nuevos emprendedores, se han creado una serie de bonificaciones que permiten a los autónomos primerizos reducir su cuota mensual a la Seguridad Social.

Son muchos los que durante estos años se han acogido a estas ayudas que ofrece el Estado. Si estás pensando en desarrollar una actividad profesional por cuenta propia, este artículo es para ti.

AUTÓNOMOS DE CUALQUIER EDAD

Requisitos:

  1. No haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos 5 años o darse de alta por primera vez.
  1. No ser administrador de una sociedad mercantil.
  1. No haber recibido nunca una bonificación por parte de la Seguridad Social como autónomo.
  1. No pertenecer al régimen especial para familiares de los autónomos, es decir, no ser autónomo colaborador.
  1. No estar en situación de pluriempleo. En estos casos, si se trabaja por cuenta ajena a jornada completa, el trabajador se beneficiará de una reducción del 50% en la cuota durante los 18 primeros meses y del 25% durante los 18 meses siguientes; sobre la base mínima de cotización. Si trabaja a media jornada los porcentajes cambian a 25% y 15% respectivamente.

Duración y cuantía de la bonificación:

  • Si se elige la base de cotización mínima, el autónomo pagará 50 euros mensuales en concepto de cuota durante los 6 primeros meses. Si se elige una cotización mayor, se le aplicará una rebaja del  80% en su cuota mensual durante el mismo periodo de tiempo.
  • Los 6 meses siguientes, es decir, hasta que se cumpla el primer año como autónomo, e independientemente de la base de cotización que se elija, se aplicará una reducción del 50% sobre la base de cotización mínima.
  • Por último, quedan otros 6 meses con una reducción del 30%.

Si además de cumplir los requisitos arriba mencionados, eres hombre trabajador menor de 30 años o mujer trabajadora menor de 35, sigue leyendo.

AUTÓNOMOS JÓVENES

Requisitos:

  1. Ser hombre menor de 30 años o mujer menor de 35.
  1. No haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos 5 años o darse de alta por primera vez.

Cantidad a pagar y duración:

  • Además de las bonificaciones del primer apartado, podrán continuar beneficiándose de una reducción del 30% sobre la cuota de contingencias comunes durante 12 meses más.

La duración máxima de este periodo de bonificaciones será de 30 meses desde la fecha de efectos del alta, ininterrumpidos.

AUTÓNOMOS CON DISCAPACIDAD

Requisitos:

  1. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  1. No haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos 5 años o darse de alta por primera vez.

Cantidad a pagar y duración:

  • Si optan por la cotización mínima de cotización, la cuota de contingencias comunes quedará reducida a 50 euros mensuales durante el primer año.
  • Si la base de cotización escogida es mayor a la mínima les corresponderá una reducción del 80% en la cuota apagar a la Seguridad Social durante el primer año.
  • Una vez superado el primer año, y con independencia de la base de cotización escogida, se aplicará una reducción del 50% en la cuota a la pagar a la Seguridad Social durante los 48 meses siguientes.

La duración máxima de este periodo de bonificaciones es de 5 años desde la fecha de efectos del alta.

 

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